Alérgenos y Creatividad

Belén Rodríguez

Alérgenos y Creatividad

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Ley de Alérgenos y el menú

La nueva Ley de Información Alimentaria (Alérgenos), recogida en el Reglamento Europeo 1169/2011 establece que todas las empresas operadoras de colectividades tendrán que informar de los alérgenos que contengan sus platos. Por eso desde Agencia de Ideas apostamos por la unión de información y creatividad, dar información de los alérgenos en la carta de un restaurante, puede ser creativo.

El objetivo de la nueva ley de alérgenos es facilitar la información de los platos con alérgenos a los consumidores y debe ser cumplida por restaurantes, bares, caterings, comedores públicos (colegios, hospitales…) y máquinas expendedoras, es decir, todos aquellos que dispensen alimentos no envasados. Entró en vigor el 13 de diciembre de 2014, según establece el artículo 55 del Reglamento.

Claves para entender La Nueva Ley

Los alérgenos de los que se debe informar son todos aquellos ingredientes que causen alergias o intolerancias y se utilicen en la fabricación o la elaboración de un alimento y siga estando presente en el producto acabado, aunque sea en forma modificada.

Para facilitar su aplicación recoge un listado de sustancias alérgicas que deben indicarse de forma clara, incluso cuando exista la posibilidad de que se hayan filtrado sólo trazas de éstas. El reglamento incluye 14 sustancias alérgicas y obliga a informar de la presencia de estos alérgenos. Lo más recomendable es escrita y en el menú, pues la otra opción sería que el camarero tuviera que avisarlo antes de que el cliente lo pidiera ya que en caso de que un cliente o consumidor final sufra una reacción alérgica o intolerancia, con la nueva Ley la responsabilidad recae sobre el restaurante, que puede enfrentarse a sanciones.

Esta lista podrá ser modificada o ampliada por parte de la Unión Europea de acuerdo a su propio criterio, por lo que es necesario estar correspondientemente informado y actualizado sobre posibles cambios en dicho listado.

Aunque no es obligatorio, sí es recomendable informar de la posibilidad de trazas o posibles contaminaciones cruzadas en materia de alérgenos en nuestros productos. Para informar la normativa no es clara en este sentido y deja tal aspecto en manos del operador alimentario a quien sí exige que dicha información sea clara, efectiva y accesible para el cliente.

Por eso si estás en estas circunstancias deja que te asesoremos y te ayudemos a unificar la información con el diseño. 

Carta adaptada a la Ley de Alérgenos

1. Revisar la carta

El primer paso, por tanto, es revisar con detenimiento todas las recetas de los platos que ofreces para detectar en cuáles hay ingredientes que contengan sustancias alérgicas.

2. Informar

Una vez definidos qué platos son de riesgo para los alérgicos o intolerantes y cuál es el ingrediente alérgeno, llega el momento de decidir cómo hacerlo visible.

«Por eso si estás en estas circunstancias deja que te asesoremos y te ayudemos a unificar la información con el diseño».

Pídenos información sin compromiso:

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